¿ Puedo incluir condiciones especiales para que los herederos tengan acceso a los bienes?


Si, siempre y cuando estas condiciones sean “legales” y “posibles”.

Las condiciones mas usuales son aquellas que señalan que los herederos tendrán acceso a los bienes cuando cumplan determinada edad, o siempre y cuando a la hora de su muerte hayan terminado sus estudios universitarios, entre otros ejemplos.

Este tipo de “condiciones” requieren un análisis legal previo; no todas las condiciones que imaginamos son posibles o legales. En GLOBAL TRUST FIRM nosotros le asesoramos debidamente para que Usted redacte sus condiciones en forma legal y esta asesoría no tiene ningún costo adicional al honorario de constitución del Fideicomiso.






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